lunes, 23 de abril de 2012

LA URGENCIA DE LEVANTAR LA MIRADA (Artículo, sobre el aumento de sueldos de los Senadores . Por Ximena Rincón, Senadora DC)


Estimados Periodistas:

Envió Propuesta de la Senadora y Pre Candidata Presidencial Ximena Rincón, sobre oficinas de los parlamentarios o sucursales del Congreso en regiones.

RODDIAM AGUIRRE
PRESIDENTE REGIONAL
PDC ANTOFAGASTA

Sábado 21 de Abril de 2012

LA URGENCIA DE LEVANTAR LA MIRADA 

Ximena Rincón
Senadora DC


Un lamentable episodio devaluó aún más la alicaída imagen que el país tiene de los políticos y de una de sus principales instituciones, como es el Senado. Una denuncia que derivó en una mezcla de intereses mezquinos, desinformación y lugares comunes se transformó en una verdadera bomba de malestar ciudadano cuyas esquirlas va a costar retirar si es que existe alguna posibilidad para ello sin que se realicen los cambios estructurales que permitan que las instituciones políticas del país recuperen el prestigio y la representatividad que la ciudadanía exige y el país requiere.
No es mi intención, en todo caso, ni fustigar la denuncia ni realizar defensas corporativas, porque creo que ello no aporta a la discusión de fondo, que es dar el lugar de respeto que le corresponde al Parlamento en una república democrática por medio de la transparencia total de sus gastos, y así evitar que los recursos que son asignados a éste sean motivo de escándalo nacional. Transparencia indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a escrutar y evaluar con criterios objetivos el trabajo parlamentario, hoy tan denostado. Porque una cosa está clara: no podemos seguir mirándonos el ombligo, mientras la credibilidad del Poder Legislativo se cae a pedazos.
Antes que nada, un tema de formas: esta asignación fue propuesta por una comisión externa al Senado, la cual integra un ex presidente del Banco Central y un ex director de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, entre otros. Por lo tanto, no es que los senadores "nos hayamos subido el sueldo", sino que una comisión externa determinó la necesidad de un incremento en la asignación de gastos de funcionamiento del Senado. Se podrá o no estar de acuerdo con esta medida, pero sería un paso atrás cuestionar este tipo de comisiones.
Yendo al fondo, es necesario que los sueldos parlamentarios sean evaluados descontando todo aquello que tenga que ver con el ejercicio de sus funciones (desde traslados hasta pago de asesores especializados), tal como ocurre con los ministros de Estado. Lo que corresponde, buscando una simetría con el Poder Ejecutivo y también con el Judicial, es que sean la Corporación del Senado y la Cámara de Diputados las que administren estos recursos, en forma autónoma y con total transparencia ante el escrutinio público. Es larga la lista que podríamos hacer después de dos años de creación de esta corporación. Ello favorecería el trabajo de los parlamentarios y evitaría polémicas.
Del mismo modo, se debe avanzar hacia sedes territoriales del Congreso financiadas y administradas directamente por el Poder Legislativo. Como hoy ocurre con el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo con sus tribunales y cortes, con intendencias y gobernaciones provinciales, con los ministerios y sus secretarías regionales ministeriales. A esas oficinas, que debiesen ser propiedad de todos los chilenos, el ciudadano común y corriente podrá ir y preguntar por sus senadores, por sus diputados, y ser atendido por ellos y sus asesores, lo que les facilitará la vida a las personas. No más asignaciones por equipo de apoyo, sino que pago directo desde el Congreso en función de la labor que desempeña y la formación profesional que tiene. Así se mejora la labor del legislador y se termina con versiones que hablan de asignaciones de parlamentarios superiores a los 15 millones de pesos.
Ciertamente, se requiere avanzar en análisis financieros para este cambio, pero una mirada rápida permite pensar qué es posible. De ocho o diez oficinas que arriendan dos senadores por circunscripción, se va a pasar a dos o tres, dependiendo de la cantidad de provincias y de la extensión territorial. Menos gastos básicos y un mayor ordenamiento del recurso humano, porque más allá de los asesores de confianza política, hay personal administrativo y equipos de profesionales cuyas funciones pueden y deben ser transversales a los diputados y senadores de una región.
Más que un incremento de gastos, este cambio propone una optimización de los recursos disponibles. Pero también es necesario avanzar hacia mayor transparencia. Por ejemplo, la gente debe saber dónde y en qué está su parlamentario, dónde están sus énfasis legislativos y cuál es su efectividad en el trabajo, porque independiente del monto, debemos justificar cada peso que se destina a la labor legislativa, de representación y, en el caso de los diputados, además, de fiscalización.
Los cambios propuestos en la administración de recursos sólo tienen sentido en una evaluación más general de otras reformas que apunten a mejorar la calidad y representatividad de la política. Un parlamento no sólo con más recursos económicos, sino con más atribuciones y responsabilidades políticas, sin distorsiones a la representatividad popular producto del sistema binominal, la escasa transparencia y equidad del financiamiento de la política y el poco incentivo a la participación. Los senadores debemos ser escrutados severamente en nuestros gastos, pero ese escrutinio debe ser en función de los objetivos que se nos imponen y de las herramientas que tenemos para cumplirlos.

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sábado, 21 de abril de 2012

ESTUDIANTES LLEVAN ELECCIONES DE LA UA HASTA EL TRIBUNAL REGIONAL ELECTORAL











Llaman a no votar y exigen nueva elección con transparencia y sin influencia de partidos políticos



ESTUDIANTES LLEVAN ELECCIONES DE LA UA HASTA EL TRIBUNAL REGIONAL ELECTORAL



Una oposición absoluta a la realización de una segunda vuelta electoral, programada para este lunes, mantienen los universitarios de Proyecto Raíz, quienes fueron marginados de participar en el acto eleccionario para elegir la Federación de Estudiantes de la Universidad de Antofagasta (UA). Los afectados presentaron una denuncia ante el Tribunal Regional Electoral, detallando las irregularidades de la cuestionada elección, que no habría cumplido el quórum necesario para una segunda vuelta.



“Las elecciones sólo lograron un 36% de votos, pero el TRICEL sólo está preocupado de elegir rápido una Federación para continuar con las movilizaciones. Esta es una muestra típica de cómo los partidos políticos y grupos radicalizados se las arreglan para eliminar la participación de los estudiantes a favor de sus propios intereses”, señaló Álvaro Andrade, estudiante de Filosofía de la UA, quien junto a ocho universitarios figuran en la denuncia formal interpuesta ante el Tribunal, la que consigna que acorde al artículo 21 del reglamento electoral de la casa de estudios el proceso se considera válido con un 40%+1 del universo votante. “De no lograrse el quórum, la mesa ejecutiva se declarará desierta y se convocará a Consejo de Presidentes para constituir una Federación Interina”, reza el documento.



Andrade fue enfático en explicar que la falta de interés de los estudiantes en participar de los comicios se debe a que toda la comunidad universitaria sabe que no ha habido transparencia en la organización del acto de sufragio: “Llamamos abiertamente a no votar y a exigir una nueva elección, sin partidos políticos y con garantías de transparencia. Además les recordamos a los involucrados en este fraude que al Recurso de Protección que interpusimos ante la Corte de Apelaciones y a esta denuncia vamos a sumar una demanda por asociación ilícita”, recalcó el alumno.



Candidatos y recurso de protección



La segunda vuelta, a celebrarse este lunes 23 de abril se disputará entre las listas lideradas por Cristóbal Orellana y Esteban Orellana. El primero, cercano a la masonería, es el presidente comunal de la Juventud del Partido Socialista, habiendo participado activamente a favor de Andrea Merino en las últimas primarias de la Concertación. El segundo, de tendencia anárquica, fue parte del Partido Comunista y de la Federación anterior, altamente criticada por no rendir cuentas financieras a los Centros de Alumnos del establecimiento.



El recurso de protección rol 172-2012, que los estudiantes entregaron a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, explica que en la organización de la votación se vulneró las garantías constitucionales del artículo 19 número segundo de la Constitución. “En el proceder del TRICEL podemos ver una acción arbitraria en cuanto se nos ha privado de un derecho a participar en elecciones, con requisitos establecidos cumplidos, sufriendo por tanto de la privación en el legítimo ejercicio del derecho de igualdad ante la ley”, relata el documento.

POR CAMILO ARCE ROJAS

edición: antofafenix

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jueves, 12 de abril de 2012

En Chile los censistas no pagan pasaje. En Antofagasta sí…

En Chile los censistas no pagan pasaje. En Antofagasta sí…
Hemos recibido la agradable noticia de que, a lo largo todo Chile, distintas autoridades han realizado gestiones vitales para permitir que jóvenes, mujeres adultas y trabajadores que hasta ahora estaban desempleados puedan trasladarse gratuitamente mientras realizan la importante labor de encuestar a los chilenos en el importante proceso del Censo 2012.
En el Bío Bío, por ejemplo, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y la Dirección Regional del INE realizaron las gestiones pertinentes para que durante Abril, Mayo y Junio los censistas, debidamente identificados, puedan movilizarse con seguridad y sin ningún problema a lo largo de las poblaciones que deben visitar, demostrando que es posible generar una alianza con los empresarios del transporte público en pos del bien común y el desarrollo de un proyecto país.    
Sin embargo, resulta extraño que justamente en Antofagasta esto no ocurra de igual manera ¿Será que los censistas antofagastinos disponen de más recursos que el resto? ¿Será que los transportistas de nuestra comuna tienen menos voluntad que sus colegas?
La respuesta es clara: nuestras autoridades regionales no le están tomando el peso al asunto. Hablamos de acuerdos perfectamente viables, que según el carácter del Gobierno que nos prometieron deberían tener un carácter homogéneo a lo largo del territorio nacional. Cuesta asumir que nuevamente el gobierno regional se duerme en los laureles, y se olvida de la “Cultura de Hacer las Cosas Bien”, No es de extrañarnos que los primeros días de iniciado este gran hito nacional fue nuestra comuna una de las que presentó mayor cantidad de deserción de encuestadores.
Pero Hablémoslo directamente: Lo emplazo a usted, don Ricardo Varas Fernández, secretario regional ministerial de Transportes, a que realice todas las gestiones pertinentes para que los censistas de la comuna no paguen locomoción mientras trabajan y así el gobierno regional demuestre para quienes asumen los compromisos más importantes es para la gente.
 POR RODDIAM AGUIRRE

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sábado, 7 de abril de 2012

TODA LA INFORMACIÓN DE ELECCIONES UNIVERSITARIAS




                                                                                                  JUEVES 05 DE ABRIL DE 2012



A PRESIDENTE DEL CONSEJO DE PRESIDENTES

A PRESIDENTES DE CEALES





Estimados:  



Ponemos en su conocimiento que debido a las irregularidades cometidas en el proceso eleccionario, hemos presentado un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, el cual fue acogido por la Corte, teniendo TRICEL 15 días para informar a dicho tribunal. Además se está presentando ante el Tribunal Electoral Regional la nulidad de dicho proceso, por lo cual cualquier acuerdo que no vaya por  anular dicho proceso electoral será anulado por los tribunales correspondientes, por lo tanto lo único que queda en este momento es anular las elecciones y no seguir siendo cómplice de los hechos denunciados ante los tribunales.

Reafirmamos como “Proyecto Raíz” lo fraudulento del proceso eleccionario llevado a cabo por  un TRICEL  que reiteradamente violó el proceso de elecciones y la no ingerencia del Consejo de Presidentes, quienes por estatuto vigente, debieran haber detenido dicho proceso. Ante el escaso resultado de la participación de los estudiantes, cosa sabido de antemano, por el poco interés del estudiante, por que a sabiendas que el año 2012 no se regulariza, se han llevado a cabo, bajo apuros injustificados, estas elecciones por parte de este TRICEL que le han llevado a cometer desde su conformación irregular las siguientes violaciones  derechos constitucionales y su reglamento mismo.



-          Violación de garantías constitucionales al establecer una diferencia arbitraria  de nosotros con el resto de las listas, derecho protegido por el artículo 20 de la constitución, recurso de protección, que dicho sea de paso,  ya fue presentado ante la Corte de Apelaciones.

-           Violación de derecho constitucional Art. 19 inciso tercero párrafo cuarto donde se establece “Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado”.Esto se refiere ante la especificación en la definición de la palabra programa de trabajo.

-          Violaciones al reglamento de TRICEL :



  1. En sus principios reguladores, no definitorios, estipulado  en Art. 1.
  2. Sobrepasar facultades de TRICEL y deberes especificadas en Art. 9 y 10 del Reglamento de TRICEL, citando a plenos y tomando acciones que son exclusivamente de Federación.
  3. El  hacer el llamado para tratar el “tema de las movilizaciones”, en  pleno convocado por TRICEL, es  tomar una posición política abiertamente contemplada en programas de listas. Que de acuerdo al Art 13 del reglamento de TRICEL los inhabilitaría de ejercer su cargo porque no pueden intervenir en reuniones o actividades de índole política.
  4. Actas carecen de firma de presentes, lo cual deslegitima las  sesiones del TRICEL, al no cumplir con el artículo 12 inciso segundo  “de todas las resoluciones o acuerdos se levantará acta deberá contener día, fecha, lugar y firma de los miembros del TRICEL presente.
  5. Se desconoce nombres de integrantes de TRICEL actual, ya que se tiene conocimiento de la renuncia e inhabilitaciones de más de seis miembros lo cual inhabilitaría a este TRICEL por carecer de la cantidad mínima para funcionar, establecido  en Art. 7 del Reglamento de Elecciones, por cuanto las actas contemplan la renuncia de secretaria y tesorera de TRICEL, además de la inhabilitación de Carol Davison. Pero no existe registro de los otros integrantes que dicen que renunciaron a TRICEL. Boris Barrera, Natasha León, Ingrid Valenzuela.(y si no han renunciado ,se tiene la confirmación de estos en alguna lista postulante) 
  6. El Libro de Acta es un documento legal, por ende es lo único valedero ante un tribunal y las leyes.







                                                     POR PROYECTO RAIZ         


ALVARO ANDRADE  ARIAS






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Proceso fue declarado desierto por no cumplir con quórum mínimo de participación estudiantil

CORTE DE APELACIONES INVESTIGA CUESTIONADA ELECCIÓN DE FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UA

            Tras haber presentado un recurso de protección en la Justicia, y mientras preparan interponer ante el Tribunal Electoral Regional una denuncia por Fraude Electoral, los universitarios de “Proyecto Raíz” continúan llamando a invalidar los actuales escrutinios de la Universidad de Antofagasta, luego de haber sido marginados de poder participar. El proceso eleccionario, que comenzó el lunes pasado,  debió extenderse en un día por falta de quórum, y tras no lograr nuevamente un porcentaje válido fue declarado desierto, y el Consejo de Presidentes de los Centros de Alumnos definió una segunda vuelta entre las dos listas con mayor votación.

“Está claro que los más de 6 mil estudiantes que componen la comunidad estudiantil no quieren participar de unas elecciones tan viciadas”, expresó Dennyse Orquera, integrante de la llamada “Lista X”, excluida de participar en el proceso electoral que finalizó con sólo 2315 votos. La estudiante de Odontología detalló que resulta una “vergüenza” que se haya declarado desierto el proceso por no alcanzar el porcentaje mínimo votación (45%). “Es tiempo de que como universitarios seamos capaces de hacer a un lado a los partidos políticos que echan a perder la convivencia universitaria y manejan en cuatro paredes las decisiones importantes”, enfatizó la vocera.

Por otro lado, el recurso de protección rol 172-2012, que los estudiantes entregaron a la Corte de Apelaciones de Antofagasta para detener las elecciones continúa su curso, tal y como lo consigna el oficio N° 790/12 del Tribunal, y que identifica a Tania Cortes Cuevas, Anahí Contreras Chacón, Javiera Garrido Padilla y Sebastián Astorga Loyola como miembros del Tribunal Calificador de Elecciones que dejó fuera de competencia a los miembros de “Proyecto Raíz”.

Los afectados argumentan en el documento oficial entregado a la Justicia que “el actuar de TRICEL ha vulnerado nuestras garantías constitucionales del artículo 19 número segundo de la Constitución Política de la República de Chile. Esto es La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. Ni la Ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias. (…) En el proceder del TRICEL podemos ver una acción arbitraria en cuanto nos ha privado de un derecho a participar en elecciones, con requisitos establecidos de elecciones cumplidos, sufriendo por tanto de privación en el legítimo ejercicio del derecho de igualdad ante la ley. Por lo que concurrimos ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones con este recurso”.

“No importa quién gane. Nosotros entregamos a los estudiantes, centros de alumnos, Dirección General Estudiantil y al rector una serie de informaciones clave sobre interminables vulneraciones al reglamento electoral de la UA y a la misma Constitución de la República, irregularidades que invalidan absolutamente todo el proceso”, dijo Álvaro Andrade, estudiante de Filosofía y miembro del grupo afectado.

Por otro lado, el acto de sufragio continuará en segunda vuelta entre la lista “A” (495 votos), representada por estudiantes con tendencias anarquistas, y la lista “D” (945 votos), dirigida por Cristóbal Orellana, presidente de la Juventud del Partido Socialista y principal colaborador juvenil de la concejala Andrea Merino, recientemente derrotada en las primarias de la Concertación.
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RECURSO DE PROTECCIÓN

En lo principal recurso de protección. Primer otrosí,  acompaña documento. Segundo otrosí  orden de no innovar.

ILUSTRE CORTE DE APRELACIONES DE ANTOFAGASTA:


 DENNYSE ALEJANDRA ORQUERA PORTILLA,  ALVARO ANDRADE ARIAS, , DANIELA ARCADIA CATRICURA CERNA,  GABRIELA ANDRADE ARIAS , alumnos domiciliados en.... Venimos respetuosamente recurrir en protección ante La Ilustre Corte de Apelaciones de Antofagasta  en contra de TRICEL domiciliada en Antofagasta, constituido por DOÑA TANIA CORTÉS CUEVAS, ANAHÍ CONTRERAS CHACÓN, JAVIERA GARRIDO PADILLA, SEBASTIÁN ASTORGA LOYOLA, por violación a las garantías constitucionales protegidas por recurso de protección por las razones que expresamos: Conformamos Proyecto Raíz y en tal condición postulamos al proceso eleccionario de Federación de Estudiantes en la Universidad de Antofagasta.
Hacemos presente que cumplimos con todas las exigencias estipuladas en el índice de reglamento de elecciones que regula los procedimientos para la preparación, realización, escrutinio y calificación de plebiscitos y de las elecciones del Consejo Ejecutivo de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Antofagasta, en adelante FEUA.
Así miércoles 7 de Marzo del 2012 nos postulamos ante TRICEL con la lista Proyecto Raíz. Por acta del 7 de Marzo del 2012 el TRICEL de FEUA determina el plazo de inscripción el día 9 de Marzo del 2012.
Estableciendo los requisitos de inscripción: a) Debe ser por escrito a través del acta de inscripciones respectivas b) Debe indicar los integrantes de la lista correctamente individualizados, esto es nombre, apellido, Cedula nacional de identidad, número de matricula, firma de cada alumno de los miembros de las listas, además deberán estos acreditar su calidad de alumno regular c) Debe la inscripción respectiva estar firmado por un apoderado de la lista previamente individualizado en la forma señalada en la letra anterior d) Adjuntar el Programa de Trabajo que debe estar por escrito e) Depositar en garantía 0,5 UTM en la persona del Presidente de TRICEL o quién esté determino para posibles gastos en retiro de publicidad. Lo que nuestra lista cumplía no obstante TRICEL determinó el 9 de Marzo que sólo se daba lugar a inscripción de las listas de los demás inscritos a la fecha con excepción de la lista presentada por estos recurrentes.
Interpusimos recurso de reclamación ante el mismo organismo, el que fue rechazado con fecha de 13 de Mayo de 2012.

Estimamos que con el actuar de TRICEL se ha vulnerado nuestras garantías constitucionales del artículo 19 número segundo de la Constitución Política de la República de Chile esto es “La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados .Ni la Ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”. Aparte ocurrió en el caso que nos ocupa, tanto sin ningún motivo ni fundamento, se nos ha excluido de la elección estableciendo diferencias arbitrarias con el resto de los participantes de la elección de Federación de Estudiantes de  la Universidad de Antofagasta.
El artículo 20 de la constitución otorga la acción de protección a quienes sufran privación , perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 19 número segundo(entre otros).En el proceder del TRICEL podemos ver una acción arbitraria en cuanto nos ha privado de un derecho a participar en elecciones, con requisitos establecidos de elecciones cumplidos, sufriendo por tanto de privación en el legitimo ejercicio del derecho de igualdad ante la ley. Por lo que concurrimos ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones con este recurso.
Rogamos a su Ilustrísima Corte, tener interpuesto recurso de protección en contra de DOÑA TANIA CORTÉS CUEVAS, ANAHÍ CONTRERAS CHACÓN, JAVIERA GARRIDO PADILLA, SEBASTIÁN ASTORGA LOYOLA,  integrantes de TRICEL  de la Universidad de Antofagasta. Por la privación de que nos hizo objeto a los recurrentes de participar de elecciones de Federación de la Universidad de Antofagasta y en definitiva acogiendo este recurso se sirve adoptar medidas juzgue necesarias para establecer  el imperio del derecho.
Primer otrosí, acompañamos los siguientes documentos:
1.-Reglamento de elecciones.
2.- Acta Nª1 (personas en cruz han renunciado)
3.- Acta de cierre de inscripciones (no hay ninguna notificación por escrito)
4.-Programa de Federación entregado por Proyecto Raíz.  5.-Definición de programa según Real Academia de  la Lengua Española.
6.-Carta de apelación al Tribunal Calificador de Elecciones.
7.-Respuesta del recurso de reclamación (no está firmada por todos los que concurrieron a la toma de decisión)
8.- Dos cartas enviadas al Rector  de la Universidad de Antofagasta.
9.-Respuesta del Rector.

Segundo otrosí, sírvase SS Iltma. a disponer orden de no innovar mientras este recurso no se resuelva, oficiando a tal efecto el TRICEL  y Rectoría.

POR CAMILO ARCE ROJAS




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ANTOFAGASTINA


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martes, 3 de abril de 2012

CORTE DE APELACIONES INVESTIGARÁ ELECCIONES DE FEDERACIÓN EN LA UA






ANTOFAGASTA, 2 DE ABRIL DEL 2012

A PRESIDENTE DE CONSEJO DE PRESIDENTES
A PRESIDENTES DE CEALES
A TRICEL
A DIRECTOR GENERAL ESTUDIANTIL

Estimados:

Por el presente comunicado, con respecto al rechazo de la inscripción de la lista “Proyecto Raíz”.

Hacemos de su conocimiento los hechos acontecidos y las vulneraciones en las cuales a incurrido

TRICEL

Según el acta del libro correspondiente, donde se manifiesta que el rechazo se efectuó después

de varios avisos. No fue así, puesto que al momento de efectuar la inscripción no hubo ningún

rechazo a efectuarla, posteriormente en una conversación informal se manifestó que posiblemente

tendríamos problemas con la inscripción. El día viernes 9 de Marzo minutos antes del cierre de

las inscripciones se nos comunicó que había sido rechazada nuestra inscripción, del cual no existe

ninguna comunicación oficial escrita que legalice y explique el motivo.

Dejamos en claro que cumplimos con todos los requisitos exigidos en el reglamento: certificado de

alumno regular, inscripción en acta con los integrantes, firmado por el apoderado, depósito de 0,5

UTM para garantía y programa de trabajo escrito y original. La respuesta recibida de TRICEL y

consignada en acta , fuera de sostener opiniones que no concuerdan con la verdad exponiendo “NO

PRESENTADO PROGRAMA DE TRABAJO” en vez de “SE RECHAZA PROGRAMA DE

TRABAJO POR TRICEL El último punto que fue el objetado y por el cual fue rechazada la

inscripción tiene según la Real Academia de la Lengua como definición, lo que la lista entregó,

cualquier otra interpretación que podría el TRICEL aducir tendría que ser aprobada y concensuada

de forma previa a la inscripción de los candidatos y debiera contar en actas legalmente aprobadas

según reglamento de elecciones, lo cual no consta en ningún documento legalmente existente.

Ante esto cursamos una apelación basada esencialmente en el reglamento de TRICEL, de sus

obligaciones y deberes, que nos fue rechazada al hacer ellos una antojadiza definición de programa

de trabajo.

. En cuanto a la comisión resolutiva que nos juzgó constituida por

Tania Cortes

Javiera Garrido

Génesis Pizarro

Carol Davison

Vulnera el articulo 18 inciso tercero “si el recurso de queja procede respecto de uno de los

miembros de la comisión resolutiva este debe inhabilitarse de oficio debiendo reemplazarlo otro

miembro no inhabilitado de TRICEL” En este caso el recurso de queja era en contra de TRICEL, por

ende este mismo tendría que haberse inhabilitado.

Dentro de este marco denunciamos que mediante este y varios hechos el TRICEL incurre en:

- Violación de garantías constitucionales al establecer una diferencia arbitraria de nosotros

con el resto de las listas, derecho protegido por el artículo 20 de la constitución, recurso de

protección, que dicho sea de paso, ya fue presentado ante la Corte de Apelaciones.

Violación de derecho constitucional Art. 19 inciso tercero párrafo cuarto donde se

-

establece “Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso

previo legalmente tramitado”.Esto se refiere ante la especificación en la definición de la

palabra programa de trabajo.

Violaciones al reglamento de TRICEL :

-

1. En sus principios reguladores, no definitorios, estipulado en Art. 1.

2. Sobrepasar facultades de TRICEL y deberes especificadas en Art. 9 y 10 del Reglamento de

TRICEL, citando a plenos y tomando acciones que son exclusivamente de Federación.

3. El hacer el llamado para tratar el “tema de las movilizaciones” en pleno convocado por

TRICEL, es tomar una posición política abiertamente contemplada en programas de listas.

Que de acuerdo al Art 13 del reglamento de TRICEL los inhabilitaría de ejercer su cargo

porque no pueden intervenir en reuniones o actividades de índole política.

4. Actas carecen de firma de presentes, lo cual deslegitima las sesiones del TRICEL, al no

cumplir con el artículo 12 inciso segundo “de todas las resoluciones o acuerdos se levantará

acta deberá contener día, fecha, lugar y firma de los miembros del TRICEL presente.

5. Se desconoce nombres de integrantes de TRICEL actual, ya que se tiene conocimiento de

la renuncia e inhabilitaciones de más de seis miembros lo cual inhabilitaría a este TRICEL

por carecer de la cantidad mínima para funcionar, establecido en Art. 7 del Reglamento de

Elecciones, por cuanto las actas contemplan la renuncia de secretaria y tesorera de TRICEL,

además de la inhabilitación de Carol Davison. Pero no existe registro de los otros integrantes

que dicen que renunciaron a TRICEL. Boris Barrera, Natasha León, Ingrid Valenzuela.(y si

no han renunciado ,se tiene la confirmación de estos en alguna lista postulante)

6. El Libro de Acta es un documento legal, por ende es lo único valedero ante un tribunal y las

leyes.

Al poner ante ustedes los hechos antes mencionados, esperamos se tomen las medidas necesarias

para disolver este TRICEL ante el eminente fraude, al llevarse efecto las elecciones anunciadas, lo

que nos llevará inevitablemente a recurrir a los tribunales judiciales y electorales, lo cual agravaría

la situación a los miembros del TRICEL y todos quienes callaron o fueron cómplices del fraude

electoral. Sería de justicia y legal convocar a la constitución de un nuevo TRICEL, que otorgue

garantías a todos de ecuanimidad, imparcialidad, apego al reglamento, para que convoque a una

nueva elección.

Para terminar, se declara que: EL FIN NO JUSTIFICA LOS MEDIOS. Ya que es en el camino

donde las personas se van formando como tales. Reiterando, que el no pronunciarse ante esto es ser

cómplices de un hecho que será llevado ante tribunales.

Por PROYECTO RAÍZ.

ALVARO ANDRADE ARIAS.


En lo principal recurso de protección. Primer otrosí, acompaña documento. Segundo

otrosí orden de no innovar.

ILUSTRE CORTE DE APRELACIONES DE ANTOFAGASTA:

DENNYSE ALEJANDRA ORQUERA PORTILLA, estudiante, domiciliada en

Soldado Ángel Muñoz Nª 1024 ALVARO ANDRADE ARIAS, estudiante, domiciliado

en Antonino Toro Nª1284, DANIELA ARCADIA CATRICURA CERNA, estudiante,

domiciliada en Avenida Argentina Nª 02434, GABRIELA ANDRADE ARIAS,

estudiante, domiciliada en Blumell Nª0305 depto 503, alumnos domiciliados en Av.

Universidad de Chile s/n. Venimos respetuosamente recurrir en protección ante La Ilustre

Corte de Apelaciones de Antofagasta en contra de TRICEL domiciliada en Antofagasta,

constituido por DOÑA TANIA CORTÉS CUEVAS, ANAHÍ CONTRERAS CHACÓN,

JAVIERA GARRIDO PADILLA, SEBASTIÁN ASTORGA LOYOLA, por violación

a las garantías constitucionales protegidas por recurso de protección por las razones

que expresamos: Conformamos Proyecto Raíz y en tal condición postulamos al proceso

eleccionario de Federación de Estudiantes en la Universidad de Antofagasta.

Hacemos presente que cumplimos con todas las exigencias estipuladas en el índice de

reglamento de elecciones que regula los procedimientos para la preparación, realización,

escrutinio y calificación de plebiscitos y de las elecciones del Consejo Ejecutivo de la

Federación de Estudiantes de la Universidad de Antofagasta, en adelante FEUA.

Así miércoles 7 de Marzo del 2012 nos postulamos ante TRICEL con la lista Proyecto

Raíz. Por acta del 7 de Marzo del 2012 el TRICEL de FEUA determina el plazo de

inscripción el día 9 de Marzo del 2012.

Estableciendo los requisitos de inscripción: a) Debe ser por escrito a través del acta

de inscripciones respectivas b) Debe indicar los integrantes de la lista correctamente

individualizados, esto es nombre, apellido, Cedula nacional de identidad, número de

matricula, firma de cada alumno de los miembros de las listas, además deberán estos

acreditar su calidad de alumno regular c) Debe la inscripción respectiva estar firmado

por un apoderado de la lista previamente individualizado en la forma señalada en la letra

anterior d) Adjuntar el Programa de Trabajo que debe estar por escrito e) Depositar en

garantía 0,5 UTM en la persona del Presidente de TRICEL o quién esté determino para

posibles gastos en retiro de publicidad. Lo que nuestra lista cumplía no obstante TRICEL

determinó el 9 de Marzo que sólo se daba lugar a inscripción de las listas de los demás

inscritos a la fecha con excepción de la lista presentada por estos recurrentes.

Interpusimos recurso de reclamación ante el mismo organismo, el que fue rechazado con

fecha de 13 de Mayo de 2012.

Estimamos que con el actuar de TRICEL se ha vulnerado nuestras garantías

constitucionales del artículo 19 número segundo de la Constitución Política de la

República de Chile esto es “La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo

privilegiados .Ni la Ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”.

Aparte ocurrió en el caso que nos ocupa, tanto sin ningún motivo ni fundamento, se nos ha

excluido de la elección estableciendo diferencias arbitrarias con el resto de los participantes

de la elección de Federación de Estudiantes de la Universidad de Antofagasta.

El artículo 20 de la constitución otorga la acción de protección a quienes sufran privación ,

perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos

en el artículo 19 número segundo(entre otros).En el proceder del TRICEL podemos ver

una acción arbitraria en cuanto nos ha privado de un derecho a participar en elecciones,

con requisitos establecidos de elecciones cumplidos, sufriendo por tanto de privación en

el legitimo ejercicio del derecho de igualdad ante la ley. Por lo que concurrimos ante la

Ilustrísima Corte de Apelaciones con este recurso.

Rogamos a su Ilustrísima Corte, tener interpuesto recurso de protección en contra de

DOÑA TANIA CORTÉS CUEVAS, ANAHÍ CONTRERAS CHACÓN, JAVIERA

GARRIDO PADILLA, SEBASTIÁN ASTORGA LOYOLA, integrantes de TRICEL

de la Universidad de Antofagasta. Por la privación de que nos hizo objeto a los recurrentes

de participar de elecciones de Federación de la Universidad de Antofagasta y en definitiva

acogiendo este recurso se sirve adoptar medidas juzgue necesarias para establecer el

imperio del derecho.

Primer otrosí, acompañamos los siguientes documentos:

1.-Reglamento de elecciones.

2.- Acta Nª1 (personas en cruz han renunciado)

3.- Acta de cierre de inscripciones (no hay ninguna notificación por escrito)

4.-Programa de Federación entregado por Proyecto Raíz. 5.-Definición de programa según

Real Academia de la Lengua Española.

6.-Carta de apelación al Tribunal Calificador de Elecciones.

7.-Respuesta del recurso de reclamación (no está firmada por todos los que concurrieron a

la toma de decisión)

8.- Dos cartas enviadas al Rector de la Universidad de Antofagasta.

9.-Respuesta del Rector.

Segundo otrosí, sírvase SS Iltma. a disponer orden de no innovar mientras este recurso no

se resuelva, oficiando a tal efecto el TRICEL y Rectoría.


Antofagasta, a treinta de marzo de dos mil doce.

A lo principal: Téngase por interpuesto recurso de protección, informen los recurridos en
el plazo de quince (15) días al tenor del recurso que en copia se acompaña. Ofíciese al efecto.

Al primer otrosí: Ténganse por acompañados los documentos.

Al segundo otrosí: No ha lugar.

Rol 172-2012


Mbf/

Antofagasta, treinta de marzo de dos mil doce

Dése cuenta en la Sala respectiva, previo sorteo.

Rol 172-2012

PROVEÍDO POR LA ILTMA. CORTE DE APELACIONES

En Antofagasta, a treinta de marzo de dos mil doce, notifiqué por

el Estado Diario la resolución que antecede.

Certifico: que sorteada le correspondió a la

Antofagasta, 30 de marzo de 2012



Sala.


Ref.: Solicita informes

OFICIO N°790/12

Antofagasta, 02 de abril de 2012

Corte dentro del plazo de

hechos denunciados en el

interpuesto por doña Dennyse Orquera Portilla y otros, que en

fotocopia se adjunta.

Sírvase ustedes informar a esta

quince

Recurso de Protección Rol 172-2012,

días, al tenor de los

Saluda atentamente a UD.

Dora Mondaca Rosales

Presidenta

Claudia Campusano Reinike

Secretaria

Señores

Tribunal Calificador de Elecciones

Tania Cortes Cuevas

Anahí Contreras Chacón

Javiera Garrido Padilla

Sebastián Astorga Loyola

Universidad de Antofagasta, Campus Coloso

ANTOFAGASTA

Archivo (2)
Archivo Expediente
Archivo correlativo

Mbf/

Por:
Camilo Arce Rojas

domingo, 1 de abril de 2012

Post DECLARACIÓN DE PRENSA

Post DECLARACIÓN DE PRENSA
Hoy 31 de marzo de 2012, se realizó una conferencia de prensa, en dependencias de la CUT, en donde la Izquierda Cristiana, partido nuevo, pero de larga tradición de compromiso y lucha social, dio a conocer su campaña para legalizarse como partido político en tres regiones continúas del norte grande: Arica-Parinacota, Tarapacá y Antofagasta.
En esta oportunidad la mesa ejecutiva de la Izquierda Cristiana – Antofagasta, manifestó los principios que la sustentan como partido, principios basados en el humanismo cristiano, sin que por esto se caiga en la confesionalidad y declarándose independiente de toda institución eclesiástica, sin dejar de ser ecuménicos.
Además expresaron su deseo por refundar Chile, a través de una nueva Constitución por medio de una Asamblea Constituyente, un nuevo modelo económico y de desarrollo y una nueva forma de participación social y política. Plantearon que para lograr esto se necesitan nuevas leyes para una educación gratuita, como única forma de lograr equidad, y de calidad, mejor Salud y Previsión Social, Reforma Tributaria, entre otras leyes centradas en las personas y con ellas.
También se realizó un análisis de la situación tanto local, nacional como internacional, planteándose nuevos desafíos y soluciones que se enmarcan en la llamada “Revolución Ciudadana” que propone construir un nuevo espacio político, social y cultural, capaz de poner en movimiento a la ciudadanía y a sus actores sociales, en torno a dicho horizonte de emancipación. Se explicita que el movimiento social llego para quedarse significando que la dinámica de construcción de la realidad se disputará relacionada con un sujeto colectivo que antes se mantuvo con grados de ausencia y apatía importantes, es decir; el movimiento estudiantil, Magallanes, Aysén, Calama y otras demandas por venir, como la necesidad urgente de deshacerse del centralismo desenfrenado que opaca el desarrollo armónico del país.
Esta conferencia finalizó con un llamado a toda la ciudadanía de Antofagasta a que respalden la inscripción legal del partido Izquierda Cristiana.
Estimad@:
Adjunto encontrarán post informe de la Conferencia de Prensa de la Izquierda Cristiana.
Con la petición que puedan dar a conocer a la ciudadania algo de nuestras inquietudes.

Agradecemos todas y a todos su presencia y camadería y les deseamos mucho éxito
en lo que hacen.

Quedando a su entera disposición

René Gonzalez Rojas
Encargado Regional IC-Antofagasta

EDITADO POR ANTOFAFENIX
ANTOFAGASTINA


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